PRD deberá informar sobre denuncia contra Ebrard, Adán y Sheinbaum por actos anticipados de campaña

CIUDAD DE MÉXICO, 5 de julio, (CDMX MAGACÍN).– El Partido de la Revolución Democrática (PRD) debe asumir competencia y pronunciarse sobre la denuncia presentada contra el Canciller, Marcelo Ebrard Casaubon; el Secretario de Gobernación, Adán Augusto López Hernández, y la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum, por supuestos actos anticipados de

CIUDAD DE MÉXICO, 5 de julio, (CDMX MAGACÍN).– El Partido de la Revolución Democrática (PRD) debe asumir competencia y pronunciarse sobre la denuncia presentada contra el Canciller, Marcelo Ebrard Casaubon; el Secretario de Gobernación, Adán Augusto López Hernández, y la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum, por supuestos actos anticipados de campaña, instruyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

Al presentar el asunto ante el Pleno, el Comisionado Adrián Alcalá Méndez subrayó que es indispensable que la ciudadanía cuente con la información necesaria para ejercer libre y democráticamente su voto, sin que éste sea inducido en determinado sentido; por ello, el derecho electoral y penal establecen mecanismos de prevención y sanción contra las conductas que pudieran resultar dañinas para este derecho, ámbito en el cual la transparencia juega un papel clave.

“Se debe respetar la democracia de nuestro país y evitar la transgresión de la libertad y voluntad de la ciudadanía en la emisión del sufragio, como a la equidad en la contienda política, para que no se afecte el correcto desarrollo del proceso electoral, lo cual preocupa cuando se trata de personas servidoras públicas, pues es nuestra responsabilidad velar por la preservación de la democracia y acatar las reglas establecidas en las leyes aplicables es un imperativo”, enfatizó.

La persona que solicitó la información presentó un recurso de revisión ante el INAI, mediante el cual manifestó su inconformidad con la respuesta del sujeto obligado que se declaró incompetente para conocer de la solicitud y sugirió dirigir el requerimiento a la Unidad de Transparencia del Tribunal Electoral del Poder de la Federación.

Al analizar el caso, la ponencia del Comisionado Adrián Alcalá Méndez advirtió que, de acuerdo con el Reglamento de Quejas y Denuncias ante el Instituto Nacional Electoral, los partidos políticos deben presentar, por escrito, las denuncias ante dicho organismo, a través de sus representantes debidamente acreditados.

Cabe señalar que, vía alegatos, el PRD proporcionó un vínculo electrónico mediante el cual se puede observar que este partido político nombró a Ángel Clemente Ávila Romero como Representante ante el Consejo General del INE.

En ese sentido, se estimó que el sujeto obligado sí cuenta con atribuciones para conocer de lo requerido, toda vez que dentro de su estructura cuenta con un Representante ante el INE, el cual, puede presentar quejas o denuncias por actos anticipados de campaña.

Además, en una búsqueda de información pública, la ponencia localizó diversas notas periodísticas entre las que destacan: “PRD presenta queja contra Sheinbaum, Ebrard y Adán Augusto López por actos anticipados de campaña”, “Denuncian ante INE campaña de Morena” y “Queja en el INE contra Morena por actos anticipados de campaña”.

En dichas notas se puede observar que el PRD, por conducto de su Representante, presentó una queja en contra de diversos funcionarios federales y de la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, por presuntos actos anticipados de campaña, de cara a las elecciones locales de 2023 en el Estado de México y elecciones federales de 2024 para elegir Presidente de la República.

Con base en los argumentos expuestos, la ponencia determinó que el partido político debe asumir competencia respecto de la información requerida, pues como se ha establecido sí se presentó la queja referida por el solicitante en la petición inicial y, por tanto, debe contar con la información solicitada.

“En razón de lo anterior, es dable concluir que el sujeto obligado cuenta con atribuciones legales para conocer la información solicitada (…) En consecuencia veremos la utilidad del derecho de acceso a la información, donde la persona defenderá, eventualmente, un derecho político electoral”, concluyó Alcalá Méndez.

Por lo anterior, el Pleno del INAI revocó la respuesta del PRD y le instruyó asumir competencia y pronunciarse sobre la denuncia presentada contra el Canciller, Marcelo Ebrard Casaubon, el Secretario de Gobernación, Adán Augusto López Hernández y la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum, por supuestos actos anticipados de campaña.

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